El derecho de uso atribuido al cónyuge no puede verse afectado El artículo 400 del Código Civil, encuadrado dentro del Título III dedicado a la Comunidad de Bienes nos señala que ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad junto con el resto de condueños. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa …
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