Los recurrentes alegaron en su recurso tener derecho a la ocupación “pública y pacífica” de una vivienda ajena. El derecho a la ocupación pública y pacífica no existe. La Audiencia confirma con ello la resolución del Juzgado de Primera Instancia. Los recurrentes deben abandonar la vivienda tan pronto como sea posible, al carecer de título que legitime …
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