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La vivienda familiar. Matrimonio-Divorcio

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La vivienda familiar, la residencia normal de la familia, es donde de manera estable y permanente han venido habitando los esposos e hijos, cualquiera que fuera el título jurídico por el que se hubiera ocupado esa vivienda.

El Tribunal Supremo ha destacado su especial protección al conceptuarla como bien familiar, no patrimonial, quien quiera que sea el propietario.

Importantísimo destacar el predominio tutelar de los intereses de los hijos como especialmente afectados ( picha aquí para ver el video )

Acerca Eduardo Domínguez Lobato

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